California le abre la puerta a los alimentos con CBD y THC

California le abre la puerta a los alimentos con CBD y THC

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El Gobernador del estado de California, Gavin Newsom promulgó el proyecto de ley AB 45, en el que el estado le abre las puertas a bebidas, alimentos, suplementos dietéticos, cosméticos y mascotas procesadas que incluyan cáñamo o cannabinoides (por ejemplo, CBD) y extractos o derivados del cáñamo, siempre que, entre otras cosas, contengan menos del 0,3% de THC.

La nueva ley marca un hito importante para las marcas más pequeñas debido al potencial de mercado que ofrece California y que anteriormente se veí­an estancadas por el vací­o legal de la norma. Jonathan Eppers, CEO y fundador de VYBES, marca que vende infundidos de CDB, señaló que espera que la nueva ley AB 45 ayude a recuperar los inversionistas que no continuaron en el proyecto debido a la falta de normativa. "Durante los últimos tres años, los inspectores de salud del estado se centraron en nuestros productos CBD y han hecho que los minoristas retiren los productos de los estantes. Esperamos que con AB 45 sirva para que los comerciantes regresen a nosotros ya que el CBD es legal".

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La nueva normativa incluye:

  • Modificación de la definición de cáñamo industrial

Este proyecto de ley modifica la Ley de Uso de Marihuana por Adultos ("AMUA") al cambiar la definición de "cáñamo industrial" con el fin de incluir plantas de cannabis y cualquier parte de esa planta, como las semillas de la planta y todos los derivados, extractos, la resina extraí­da de cualquier parte de la planta, cannabinoides, isómeros, ácidos, sales y sales de isómeros, con una concentración de delta-9 tetrahidrocannabinol no superior al 0,3% en peso seco. 

  • Productos no adulterados

Este proyecto de ley estipula que los suplementos dietéticos, alimentos, bebidas, cosméticos y alimentos para mascotas ya no se adulteran con la inclusión de cáñamo industrial o cannabinoides, extractos o derivados del cáñamo industrial si esas sustancias cumplen con los requisitos especificados. Además, ya no existen prohibiciones sobre la venta de suplementos dietéticos, alimentos, bebidas, cosméticos o alimentos para mascotas que incluyan cáñamo industrial o cannabinoides, extractos o derivados del cáñamo industrial basados ​​únicamente en la inclusión de esas sustancias.

  • Declaraciones falsas relacionadas con la salud

Los fabricantes, distribuidores y vendedores de un producto de cáñamo industrial tienen prohibido incluir en la etiqueta, difundir en publicidad o marketing, una declaración relacionada con la salud, que sea falsa de alguna manera en particular en cuanto a los efectos sobre la salud. de consumir productos que contienen cáñamo industrial o cannabinoides, extractos o derivados del cáñamo industrial. 

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  • Informes y procesos 

Antes del 1 de julio de 2022, el Departamento de Control de Cannabis ("DCC") preparará un informe y lo presentará al Gobernador y la Legislatura describiendo los pasos necesarios para la incorporación de productos de cáñamo en la cadena de suministro de cannabis, especí­ficamente la incorporación de cannabinoides de cáñamo en productos manufacturados de cannabis y la venta de productos de cáñamo a través de distribuidores minoristas de cannabis. 

Adicionalmente, este proyecto de ley requiere que el Departamento de Alimentos y Agricultura ("CDFA") y el Departamento de Salud Pública del Estado ("CDPH"), en consulta con el DCC, si es necesario, desarrollen un proceso para compartir la licencia, el registro, el cultivo y la información para facilitar el cumplimiento y la aplicación contra los fabricantes sin licencia o la venta de cáñamo que no cumple con los requisitos especificados. Además, las comunicaciones compartidas entre estas agencias y la policí­a local para este propósito están exentas de la Ley de Registros Públicos de California. 

Los fabricantes de cáñamo que producen productos especí­ficos que incluyen cáñamo industrial o que producen extracto de cáñamo crudo deben registrarse en el Departamento de Salud Pública del Estado. El proyecto de ley autorizarí­a al departamento a incluir o excluir compuestos comparables de la definición de THC para propósitos de regulación como cáñamo industrial basado en el efecto intoxicante del compuesto, o la falta del mismo. 

  • Pruebas de laboratorio

Un producto de cáñamo crudo no se puede distribuir ni vender sin un certificado de análisis ("COA") de un laboratorio de pruebas independiente que confirme todo lo siguiente:

  1. El producto de cáñamo crudo es el producto de un lote de cáñamo industrial que fue probado por un laboratorio de pruebas independiente.
  2. Una muestra representativa probada del lote de cáñamo industrial contení­a una concentración total de THC que no excedí­a el 0.3 por ciento en peso seco.
  3. La muestra analizada del lote no contení­a contaminantes que no sean seguros para el consumo humano o animal. 

Esta legislación marca el camino a seguir para las empresas de cannabis de California, y es fundamental que cada empresa en el espacio del cannabis, el cáñamo y los cannabinoides comprenda cómo se aplica cada aspecto de la ley a sus operaciones.

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